Artículo 5. La Secretaría del Consejo Nacional del Clima.
Artículo 5 del Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima. · BOE-A-2014-7290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-11.
Texto consolidado
La Oficina Española del Cambio Climático ejercerá las funciones de Secretaría, realizando tareas de apoyo técnico y administrativo a los órganos que integran el Consejo Nacional del Clima, así como la gestión ordinaria de las funciones que éste tiene encomendadas de acuerdo con las directrices aprobadas por el Pleno.