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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Órgano competente para la tramitación.

Artículo 5 del Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad. · BOE-A-2025-6601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-02.

Texto consolidado

1. Corresponde al Ministerio del Interior la competencia exclusiva para la dirección, organización, desarrollo, administración y gestión de todos los aspectos referentes al Documento Nacional de Identidad.

2. Dicha competencia será ejercida por la Dirección General de la Policía, gestionando la custodia y responsabilidad de la actividad del tratamiento de los datos personales en conformidad con la legislación en materia de protección de datos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-02.

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