Artículo 5.
Artículo 5 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en desarrollo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. · BOE-A-1984-26864
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-27.
Texto consolidado
Corresponde al Ministro de Economía y Hacienda proponer al Gobierno, en el marco de la política general económica y presupuestaria, las directrices a que deberán ajustarse los gastos de personal de la Administración del Estado, así como autorizar cualquier medida relativa al personal que pueda suponer modificaciones en el gasto.