Artículo 5. Requisitos de admisión.
Artículo 5 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos. · BOE-A-2005-18769
Atención: Real Decreto 1310/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La admisión de valores a negociación en un mercado secundario oficial español estará sujeta al cumplimiento de los requisitos de idoneidad relativos al emisor y a los valores y los requisitos de información que se establecen en los siguientes capítulos de este título.
Más artículos de Real Decreto 1310/2005
- ← Artículo 4. Definiciones.
- → Artículo 6. Verificación por la CNMV de los requisitos de admisión a negociación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos.