Artículo 5. Registro de equivalencias.
Artículo 5 del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. · BOE-A-2003-19626
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-25.
Texto consolidado
Las declaraciones de equivalencia a que se refiere el artículo anterior se inscribirán en una sección especial del Registro nacional de universidades, centros y enseñanzas.
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