Artículo 5. Naturaleza.
Artículo 5 del Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española. · BOE-A-2013-2607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-10.
Texto consolidado
El Consejo General de Colegios Veterinarios de España es el superior órgano representativo y coordinador en el ámbito estatal e internacional de los ilustres Colegios Oficiales de Veterinarios de España. Tiene, a todos los efectos, la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.