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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Resolución final del procedimiento.

Artículo 5 del Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos. · BOE-A-1995-19000

Atención: Real Decreto 1247/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El órgano competente de la Comunidad Autónoma dictará la resolución final del procedimiento incluyendo en ella, si fuera favorable a la catalogación del vehículo como histórico, las limitaciones que, por razones de construcción, se impongan a la circulación del vehículo, así como las condiciones técnicas que no se exigirán al mismo con motivo de su inspección técnica cuya periodicidad también se fijará en dicha resolución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-10-09.

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