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Orden Vigente

Artículo 5. Titularidad y gestión de la Sede.

Artículo 5 de la Orden JUS/1126/2015, de 10 de junio, por la que se crea la sede judicial electrónica correspondiente al ámbito territorial del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2015-6644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-17.

Texto consolidado

a) La titularidad de la Sede Judicial Electrónica corresponderá a la Administración General del Estado.

b) La gestión tecnológica de la sede será competencia de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

c) Serán responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos y profesionales en la sede judicial electrónica los órganos administrativos designados a tal efecto por el Ministerio de Justicia. Así mismo la responsabilidad de los contenidos corresponderá al órgano que origine dicha información.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-17.

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