Artículo 5. Infracciones y sanciones.
Artículo 5 de la Orden APA/2266/2004, de 30 de junio, por la que se establecen las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera de la flota de cerco española en aguas continentales de Portugal, por fuera de las 12 millas. · BOE-A-2004-12815
Atención: Orden APA/2266/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo establecido en la presente Orden se sancionará en su caso, conforme a lo previsto en el Título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.
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