Artículo 5. Régimen de funcionamiento.
Artículo 5 de la Orden APA/150/2026, de 24 de febrero, por la que se regula el Comité de Caza. · BOE-A-2026-4781
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-03.
Texto consolidado
El Comité de Caza aprobará sus propias normas de funcionamiento mediante un reglamento de régimen interior. El funcionamiento del comité en todo lo no previsto en esta orden y en su reglamento interno, se regirá por lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El Comité de Caza se reunirá al menos una vez al año, pudiendo actuar bien mediante reuniones físicas o virtuales; en este último caso, las reuniones se celebrarán por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos.