Artículo 5. Competencia sobre espectáculos públicos.
Artículo 5 de la Ley Orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, de 1995 de Transferencia de Competencias a la Comunidad Autónoma Gallega. · BOE-A-1995-27751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-29.
Texto consolidado
1. De conformidad con lo dispuesto en el número 29 del apartado uno del artículo 149 de la Constitución, el contenido de la competencia sobre espectáculos públicos se entiende sin perjuicio de la competencia estatal sobre seguridad pública.
2. Queda reservada al Estado la facultad de dictar normas que regulen los espectáculos taurinos.
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