Artículo 5. El Vicepresidente.
Artículo 5 de la Ley Foral 1/1993, de 17 de febrero, de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente. · BOE-A-1993-13528
Atención: Ley Foral 1/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Vicepresidente sustituye al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de éste, desempeñando, además, cuantas funciones le encomiende el Presidente o las que reglamentariamente se determinen.