Artículo 4. El Presidente.
Artículo 4 de la Ley Foral 1/1993, de 17 de febrero, de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente. · BOE-A-1993-13528
Atención: Ley Foral 1/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las funciones del Presidente son las siguientes:
a) Convocar las sesiones del Consejo.
b) Dirigir el debate y el orden de las sesiones.
c) Ostentar la representación del Consejo.
d) Cualquiera otra que reglamentariamente se determine.