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Ley Vigente

Artículo 5.

Artículo 5 de la Ley 9/1986, de 9 de diciembre, de reconocimiento de las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la región. · BOE-A-1987-4401

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-01-19.

Texto consolidado

Las Federaciones de Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región de Murcia podrán, mediante acuerdo adoptado por su Asamblea u órgano de gobierno, instar de la Comunidad Autónoma su reconocimiento como tales Federaciones y su consiguiente inscripción en el registro de Comunidades Murcianas asentadas fuera de la región.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-01-19.

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