Artículo 5. Financiación vinculada a objetivos.
Artículo 5 de la Ley 8/2014, de 1 de octubre, por la que se establece un marco de financiación estable para la Universidad de Extremadura. · BOE-A-2014-10745
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-23.
Texto consolidado
1. La financiación vinculada a objetivos se realizará mediante convenios y contratos-programa. Los convenios y contratos-programa perseguirán la mejora de la calidad en la docencia, la investigación, la gestión y la transferencia de resultados a la sociedad.
2. La Comisión Mixta de Financiación fijará los indicadores estandarizados de objetivos, los niveles de consecución de los mismos y el resultado de su aplicación financiera.