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Ley Vigente

Artículo 5. Del objeto y contenido del «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Artículo 5 de la Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia". · BOE-A-2011-2549

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-12.

Texto consolidado

El «Boletín Oficial de la Región de Murcia» (en adelante BORM) es el diario oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del cual se da publicidad para su eficacia jurídica y/o conocimiento:

a) A las leyes y disposiciones administrativas de carácter general.

b) A las disposiciones y actos emanados de los poderes públicos cuando tengan legal o reglamentariamente prevista su publicación en el mismo.

c) A los actos de los particulares que en virtud de precepto legal o reglamentario deban ser publicados, y en general a todo texto que una norma jurídica disponga concretamente que deba ser objeto de publicación en este diario oficial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-12.

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