Artículo 5. Compartir la vida social extremeña.
Artículo 5 de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior. · BOE-A-2010-597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-22.
Texto consolidado
Los extremeños en el exterior tienen derecho a compartir la vida social extremeña y a colaborar y participar activamente en las distintas formas de su manifestación.