Artículo 5. Normativa reguladora.
Artículo 5 de la Ley 6/1997, de 3 de julio, de Creación del Colegio Profesional de Podólogos de Aragón. · BOE-A-1997-18132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-15.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Podólogos de Aragón se regirá por la legislación de los colegios profesionales, así como por los Estatutos y, en su caso, por el Reglamento de Régimen Interior.