Artículo 5. Autoconsumo sin excedentes.
Artículo 5 de la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón. · BOE-A-2025-1392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-31.
Texto consolidado
El autoconsumo sin excedentes a través de líneas directas e instalaciones próximas de red interior se regirá por lo establecido en la normativa básica estatal y en esta ley.