Artículo 5. Relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-26.
Texto consolidado
Los colegios creados se relacionarán, en los aspectos corporativos e institucionales, con la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de colegios profesionales y, en lo relativo al contenido de la profesión, con la consejería competente por razón de la actividad de los colegiados.
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- Ver la norma completa: Ley 5/2017, de 17 de octubre, de creación del Ilustre Colegio Profesional de Economistas de Valladolid por fusión del Colegio Oficial de Economistas de Valladolid con el Colegio Oficial de Titulares Mercantiles de Valladolid y de creación del Ilustre Colegio Profesional de Economistas de Burgos por fusión del Colegio Oficial de Economistas de Burgos con el Colegio Oficial de Titulares Mercantiles de Burgos.