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Ley Derogada

Artículo 5. Toma de posesión.

Artículo 5 de la Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General. · BOE-A-2006-1774

Atención: Ley 5/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Procurador General tomará posesión de su cargo ante la Mesa de la Junta General dentro del plazo de los quince días siguientes a su nombramiento, prestando juramento o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-19.

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