Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad. · BOE-A-1986-14177
Atención: Ley 5/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por acuerdo del Consejo ejecutivo se fijará la relación de puestos de trabajo, los que sean de régimen administrativo o laboral, y el régimen de retribuciones.