Artículo 5. Colaboración con la Iglesia católica y otras confesiones religiosas.
Artículo 5 de la Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. · BOE-A-2026-9798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-04-07.
Texto consolidado
1. La Iglesia católica, en cuanto titular, propietaria o poseedora de una parte muy significativa del patrimonio cultural de Andalucía, y las demás confesiones religiosas serán responsables de la conservación de sus bienes culturales y velarán por la protección, enriquecimiento y difusión de los mismos, colaborando en esa finalidad con las distintas Administraciones públicas competentes en esta materia.
2. Mediante los instrumentos de colaboración específicos, se definirán tanto el marco de colaboración y coordinación como las formas de participación de la Iglesia católica y de las demás confesiones religiosas en la protección de los bienes del patrimonio cultural de los que son titulares.