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Ley Vigente

Artículo 5. Investigaciones sobre la violencia ejercida contra las mujeres.

Artículo 5 de la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón. · BOE-A-2007-11593

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-10.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón desarrollará y promoverá la realización de estudios y trabajos de investigación sobre todas las formas de violencia contra las mujeres con el fin de conocer sus causas, características y costes sociales, así como para efectuar una valoración de la eficacia de las medidas aplicadas en su prevención y erradicación.

2. Dichos estudios serán objeto de difusión pública y se darán a conocer a todos los profesionales, organismos e instituciones relacionados con la materia para favorecer una mayor sensibilización sobre el problema de la violencia contra las mujeres y sus posibles soluciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-10.

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