El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 5. Protección expresa por la Generalitat.

Artículo 5 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental. · BOE-A-2006-11581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Texto consolidado

Serán protegidos aquellos ejemplares que sean declarados monumentales o singulares por parte de la Generalitat.

1. Mediante una resolución de la dirección general con competencia en la gestión del medio natural, se pueden declarar árboles monumentales aquellos ejemplares y conjuntos arbóreos que, por sus características excepcionales de edad, porte u otro tipo de acontecimientos históricos, culturales, científicos, de recreación o ambientales, son merecedores de medidas de protección conservación específica; en particular, se deben incluir en esta categoría los ejemplares que tengan un coeficiente de monumentalidad determinado cuya definición se debe establecer mediante el decreto de desarrollo de esta ley. Esta declaración comporta que se inscriban en el Catálogo de árboles monumentales y singulares de la Comunitat Valenciana.

2. Mediante una resolución de la dirección general con competencia en la gestión del medio natural, se podrán declarar árboles singulares los ejemplares o los conjuntos arbóreos que, sin alcanzar la categoría de árbol monumental según el decreto de desarrollo de esta ley, destaquen por las características notables de edad, aspecto o de otros tipo de acontecimientos históricos, culturales, científicos, de esparcimiento o ambientales que los hagan merecedores de medidas de protección y conservación específica; en particular, se incluirán en esta categoría los ejemplares que tengan un coeficiente de monumentalidad cuya definición se establecerá mediante el decreto de desarrollo de esta ley. Les árboles singulares están destinados a garantizar el mantenimiento y la ampliación del patrimonio arbóreo monumental. Esta declaración ordenará su inclusión en el Catálogo de árboles monumentales y singulares de la Comunitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-1010.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 4/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.