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Ley Vigente

Artículo 5. Relaciones con la Administración.

Artículo 5 de la Ley 4/2006, de 10 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura. · BOE-A-2006-19502

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-22.

Texto consolidado

En lo relativo a los aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura se relacionará con la Consejería que ejerza las funciones de Presidencia. Además, en lo relativo a los contenidos de la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería o Consejerías competentes por razón de las materias profesionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-22.

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