Artículo 5. Área de actuación.
Artículo 5 de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales. · BOE-A-1996-13286
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-28.
Texto consolidado
Las áreas de actuación serán:
a) Tercera edad.
b) Disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales.
c) Minorías étnicas.
d) Inmigrantes y refugiados.
e) Transeúntes.
f) Cualquier otro colectivo necesitado de protección social que se establezca reglamentariamente.