Artículo 5. Ámbito territorial.
Artículo 5 de la Ley 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias. · BOE-A-1998-38
Atención: Ley 3/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Existirá una sola Cámara Agraria, cuyo ámbito territorial será el del Principado de Asturias.