Artículo 5. Mecanismos de cooperación.
Artículo 5 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.
Texto consolidado
1. Las Administraciones públicas cooperarán y colaborarán en materia de conservación del patrimonio natural, la biodiversidad y la geodiversidad, y se suministrarán mutuamente información para garantizar el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
2. El Consejo Asesor de Medio Ambiente de La Rioja es el órgano consultivo y de cooperación entre Administraciones y con actores sociales, sin perjuicio de que se puedan crear entidades ad hoc para asegurar la cooperación.