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Ley Vigente

Artículo 5. Gestión del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 5 de la Ley 2/2022, de 3 de marzo, del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalidad de Cataluña. · BOE-A-2022-4209

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-08.

Texto consolidado

El Gobierno puede encargar la gestión del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalidad de Cataluña a una entidad gestora constituida al efecto o a una entidad gestora ya existente, o bien puede determinar que la asuma directamente el departamento competente en materia de hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-08.

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