Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears. · BOE-A-2003-7873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-30.
Texto consolidado
La Secretaría General de la Universidad de las Illes Balears remitirá al Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears la memoria académica anual sobre las actividades y los resultados de la docencia, la investigación, la extensión cultural y los servicios académicos de la Universidad.