Artículo 4.
Artículo 4 de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears. · BOE-A-2003-7873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-30.
Texto consolidado
El Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears elegirá, a través del mecanismo que defina su reglamento de organización y funcionamiento, tres miembros para formar parte del Consejo de Gobierno de la Universidad, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.