Artículo 5. Relaciones con la Administración General del País Vasco.
Artículo 5 de la Ley 14/2008, de 12 de diciembre, de Creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas del País Vasco. · BOE-A-2011-15728
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-25.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas del País Vasco se relacionará con la Administración General del País Vasco en los aspectos relativos a los contenidos de su profesión a través del departamento que ejerza las competencias en materia de sanidad, y en los aspectos profesionales generales, institucionales y corporativos a través del departamento competente en materia de justicia.