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Ley Vigente

Artículo 5. Relaciones con la Administración General del País Vasco.

Artículo 5 de la Ley 14/2008, de 12 de diciembre, de Creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas del País Vasco. · BOE-A-2011-15728

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-25.

Texto consolidado

El Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas del País Vasco se relacionará con la Administración General del País Vasco en los aspectos relativos a los contenidos de su profesión a través del departamento que ejerza las competencias en materia de sanidad, y en los aspectos profesionales generales, institucionales y corporativos a través del departamento competente en materia de justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-25.

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