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Decreto-ley Foral Vigente

Artículo 5. Suspensión del abono de renta garantizada en determinados supuestos.

Artículo 5 del Decreto-ley Foral 6/2020, de 17 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19). · BOE-A-2020-9675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-23.

Texto consolidado

Mientras sigan vigentes las ayudas económicas específicas para el colectivo de profesionales autónomos o autónomas establecidas para hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19 o a las medidas adoptadas por causa de la misma, se suspenderá el abono de renta garantizada en el supuesto de las unidades perceptoras de la misma a las que se les haya reconocido alguna de las citadas ayudas económicas, cuando superen las cuantías de renta garantizada que les corresponden por número de miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-23.

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