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Real Decreto Vigente

Artículo 49. Periodos de embarco en buques escuela.

Artículo 49 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. · BOE-A-2022-6047

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-13.

Texto consolidado

La Dirección General de la Marina Mercante podrá aprobar como buques escuela aquellos buques civiles de pabellón español o de otros Estados del Espacio Económico Europeo, en las condiciones determinadas mediante orden ministerial de desarrollo de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-13.

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