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Real Decreto Vigente

Artículo 49. Cesión gratuita.

Artículo 49 del Real Decreto 1080/2017, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. · BOE-A-2017-15855

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

Texto consolidado

1. Los bienes puestos a disposición del INVIED O.A. que estén siendo utilizados de manera continua como carreteras, caminos o zonas de distribución de tráfico con carácter público, extraordinariamente podrán ser transmitidos gratuitamente a favor de las Comunidades Autónomas y entidades locales en las que se encuentren ubicados, siempre y cuando no se altere el uso al que venía destinándose.

2. La cesión gratuita de bienes y derechos se regirá por las prescripciones contenidas en el título V, capítulo V, sección 5.ª de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en el título V, capítulo VI, sección 1.ª, de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.

3. En todo caso, dicha transmisión deberá contar con la preceptiva autorización del Consejo Rector.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

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