Artículo 49.
Artículo 49 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1985-26400
Atención: Ley 6/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda tomar en arrendamiento los inmuebles que la Junta de comunidades precise, mediante concurso público y, excepcionalmente, por contratación directa. El Director general de Hacienda o el funcionario en quien delegue formalizará el correspondiente contrato.
2. Al mismo Departamento incumbe la resolución voluntaria de los contratos de arrendamiento.