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Ley Vigente

Artículo 49. Autorización de lonjas pesqueras.

Artículo 49 de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Texto consolidado

Mediante resolución expresa de la dirección general competente en materia de pesca marítima podrán autorizarse lonjas pesqueras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

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