Artículo 49. Principios y limitaciones de la actividad subvencional.
Artículo 49 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. · BOPV-p-1998-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-30.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Se modifican los apartados 7 y 8 se suprime el 9 por el art. único de la Ley 1/2015, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2015-4096
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones..