Artículo 48. Objeto y definición.
Artículo 48 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. · BOPV-p-1998-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-30.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Se modifica el apartado 5 por la disposición final 6.7 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre. Ref. BOPV-p-2008-90003
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones..