Artículo 482.
Artículo 482 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. · BOE-A-1962-6167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1962-04-02.
Texto consolidado
De todas las denuncias presentadas ante la Alcaldía darán conocimiento ésta y el denunciante, dentro de los dos días siguientes, al Ingeniero Jefe del Servicio Forestal correspondiente.