Artículo 48. Proclamación de la candidatura elegida.
Artículo 48 del Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos. · BOE-A-1999-7734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-08.
Texto consolidado
La Junta de Gobierno proclamará a la candidatura elegida, comunicándolo a todos los colegiados y al Ministerio de Educación y Cultura.
La Junta de Gobierno elegida tomará posesión en el plazo máximo de un mes desde su proclamación.