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Real Decreto Vigente

Artículo 48.

Artículo 48 del Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española. · BOE-A-1980-21636

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-28.

Texto consolidado

Las Juntas de Gobierno de los Colegios Territoriales tendrán la misma composición que la señalada en el título II de estos Estatutos para el COMME existente.

Igualmente será idéntica la forma de elección de sus miembros debiendo recaer también, la elección del 50 por 100 de sus vocales en Capitanes, Jefes y Oficiales de la Marina Mercante Española que presten sus servicios en la mar a bordo de los buques.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-10-28.

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