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Real Decreto Vigente

Artículo 48. Pérdida y recuperación de la nacionalidad española.

Artículo 48 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales. · BOE-A-2006-839

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-21.

Texto consolidado

Los Secretarios Judiciales que hubieran perdido su condición por pérdida de la nacionalidad española podrán solicitar la rehabilitación de conformidad con el procedimiento regulado en el presente Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-21.

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