Artículo 48.
Artículo 48 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. · BOE-A-1995-16401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
La entidad local adjudicará la obra urbanizadora de acuerdo con el régimen de contratación establecido en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.