Artículo 48. La adscripción de bienes y derechos demaniales.
Artículo 48 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-2849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-19.
Texto consolidado
Los bienes y derechos de naturaleza demanial se podrán adscribir a:
a) Las Cortes Regionales e instituciones dependientes.
b) Las consejerías y demás órganos integrantes de la Administración de la Junta de Comunidades.
c) Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración regional.