Artículo 48. Presentación de los informes.
Artículo 48 de la Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común. · BOE-A-2001-16727
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-09.
Texto consolidado
El Diputado del Común, previa comparecencia ante la comisión parlamentaria encargada de las relaciones con la Institución, expondrá oralmente ante el Pleno del Parlamento un resumen del informe anual, pudiendo a continuación intervenir los grupos parlamentarios de acuerdo con lo que establezca el Reglamento del Parlamento.