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Ley Vigente

Artículo 48. Órganos competentes.

Artículo 48 de la Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6876

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Texto consolidado

Son competentes para la imposición de las sanciones previstas en este título:

1. El titular de la dirección general competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones leves.

2. El titular de la conselleria competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

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