Artículo 48. Órganos competentes.
Artículo 48 de la Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6876
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.
Texto consolidado
Son competentes para la imposición de las sanciones previstas en este título:
1. El titular de la dirección general competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones leves.
2. El titular de la conselleria competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones graves.