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Ley Derogada

Artículo 48. Contenido de las licencias.

Artículo 48 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las licencias federativas, escolares y universitarias llevarán aparejado un seguro que garantice la cobertura de los siguientes riesgos:

a) Responsabilidad civil.

b) Indemnización para supuestos de pérdidas anatómicas o funcionales o de fallecimiento.

c) Asistencia sanitaria para aquellos supuestos y ámbitos en que no exista cobertura gratuita del sistema público sanitario cuando el deportista no tenga cubiertas las contingencias a través de otro seguro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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