Artículo 47. Comportamiento en misiones de carácter militar.
Artículo 47 del Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-3477
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-25.
Texto consolidado
Cuando dependan de la persona titular del ministerio de Defensa o estén integrados en unidades militares, conscientes de la repercusión y trascendencia que tiene su labor, además de las ordenanzas para las Fuerzas Armadas, actuará conforme a las reglas de comportamiento establecidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de la Fuerzas Armadas, todo ello sin perjuicio de continuar observando ejemplarmente los preceptos contenidos en el Código de Conducta.